CAPITULO QUARTO. EL NOMINATIVO DE NINGUNA PARTE SE RIJE
Auiendo
tratado del nombre epiceno o
promiscuo y como los nombres proprios no tienen genero, sera bien
tratar de
aqui adelante del regimen de los casos y explicar lo que el Arte dize en la
plan primera del libro quarto: que el nominatiuo, datiuo y vocatiuo
nunca se
rigen de nadie, porque la del nominatiuo con el verbo no se llama
rection, sino
concordancia. La qual doctrina es tan verdadera como difficultosa de
creerse de
algunos. Para cuya explicacion trataremos lo que dize el maestro
Sanchez en su
Minerua,
lib. 2, cap. 2, de donde lo tomo el Arte, donde dize
que el recto, que
es el nominatiuo, nunca rige, porque en esta oracion y en las demas, Cato
scribit, Cato
no se rige del verbo ni scribit
de Cato;
pero es
concordan-/(p.46)cia del nombre y verbo, y Cato es el
suppuesto; y no ay
persona que haga ni persona que padece, y nunca se halla el nominatiuo
de otra
manera en toda la lengua latina. En las oraciones no ay persona que
haga ni que
padezca, sino suppuesto del verbo, que es el nominatiuo, o otra cosa
que este
en su lugar, como legere
facit hominem doctum. Assi que en esta oracion, Rex
capit urbem, ni ay persona que haze ni que padece, porque
Esta muy recebido de algunos que En, Ecce rigen nominatiuo, lo qual es falso, porque siempre entendemos algun verbo con quien concierte el nominatiuo y auemos de entender adest o venit, pues usan assi los authores latinos. Ouidio: Ecce Licaoniae proles ignara parentis, Arcas adest. Ibidem: Ecce uenit rutilis humeros protecta capillis filia Centauri. En el tercero de sus Transformaciones: Ecce uiri fautrix superas delapsa per auras Pallas adest. Terencio, en los Adelphos: Ecce autem hic adest senex noster. Tambien ponen otros verbos. Virgilio, libro decimo: Chorus ecce suarum occurrit. En el sexto: Ecce gubernator sese Palinurus agebat. De lo qual se infiere que no se rige el nominatiuo, porque si se rigiera del ecce o del verbo, estando juntos entrambos, vuiera duda de donde se regia. Y assi, queda claro que el nominatiuo no se rige y que, quando lo juntamos a ecce o en, falta algun verbo con quien concierte, porque lo del nominatiuo es siempre concordancia con el verbo y nunca es regimen.
(p.48) Si dizes, O vir fortis atque amicus, es señal de admiracion y falta algun verbo que commodamente se pueda suplir, porque o no rige vocatiuo, como se dize en el capit. onze, ni accusatiuo, como se trata en el capitulo diez.
